La ley colombiana no prohíbe parquear un carro y una moto en un mismo espacio de un conjunto residencial — abrir la fuente principal, El Heraldo, en una pestaña nueva
La Ley 675 de 2001 no prohíbe expresamente estacionar un automóvil y una motocicleta en un mismo parqueadero privado, pero su uso puede estar condicionado por el reglamento de cada copropiedad. La clasificación del parqueadero y las reglas de la copropiedad determinan qué derechos tiene el residente y cuáles son los límites para utilizarlo.